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Tasas efectivas de ISR 2016 a 2019





El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer en su portal los primeros parámetros de referencia con respecto a tasas efectivas de impuesto para la medición de riesgos impositivos correspondientes a cuarenta actividades económicas para los ejercicios fiscales 2016, 2017, 2018 y 2019 sobre el padrón de grandes contribuyentes. 

Estas primeras cuarenta actividades económicas forman parte de cinco sectores económicos, entre los que se encuentran las industrias automotriz y farmacéutica.: 

Minería, 

Industrias manufactureras, 

Comercio al por mayor, 

Comercio al por menor y 

Servicios financieros y de seguros; 


Para efectos de los presentes parámetros dados a conocer por el SAT, se deberán considerar las siguientes definiciones:

Riesgo impositivo: es la contingencia de incumplimiento de las disposiciones fiscales que le son aplicables a un contribuyente o a un conjunto de contribuyentes y que repercute en el correcto pago de contribuciones, concretamente en materia del impuesto sobre la renta.

Tasa efectiva de impuesto: es aquélla que se calcula con la información manifestada en la última declaración anual del impuesto sobre la renta correspondiente al ejercicio fiscal en cuestión, mediante la división del monto del impuesto sobre la renta causado en el ejercicio fiscal que corresponda, entre los ingresos acumulables de dicho ejercicio.

Tasa efectiva de impuesto =   ISR causado / Ingresos acumulables

Actividades económicas: son aquéllas contenidas en el Anexo 6 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.



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