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El 59% de la poblaciĆ³n ocupada obtiene sus ingresos del sector informal.






En la exposiciĆ³n de motivos con la que el ejecutivo federal sustenta la iniciativa de modificaciĆ³n al CĆ³digo Fiscal de la FederaciĆ³n menciona, entre otras cosas, que el 59% de la poblaciĆ³n ocupada obtiene sus ingresos del sector informal.

Imagen tomada de almomento.mx
El grado de cumplimiento de los ciudadanos con sus obligaciones tributarias estĆ” relacionado en gran medida con el conocimiento de sus responsabilidades fiscales y con la facilidad para cumplirlas. De acuerdo con datos del estudio Doing Business que publica el Banco Mundial, MĆ©xico se ubica en el lugar 107 en cuanto a la facilidad que tienen los contribuyentes para pagar sus contribuciones, y en el 155 en relaciĆ³n con el tiempo que invierten en el cumplimiento de sus obligaciones; lo anterior, de una lista de 183 paĆ­ses analizados, lo que incide negativamente en la decisiĆ³n de contribuir para el gasto pĆŗblico.


El crecimiento de la economĆ­a informal, por otra parte, es un incentivo negativo para que el contribuyente cumpla de manera espontĆ”nea con su deber de tributar, previsto en el artĆ­culo 31, fracciĆ³n IV, de la ConstituciĆ³n. De acuerdo con datos del Instituto Nacional de EstadĆ­stica y GeografĆ­a, al primer trimestre de 2013, el 59% de la poblaciĆ³n ocupada obtiene sus ingresos del sector informal, lo que propicia en el contribuyente legal la decisiĆ³n de evadir impuestos, al percibir que las actividades que compiten con la suya se desarrollan en un marco de incumplimiento.

La administraciĆ³n tributaria en nuestro paĆ­s, en el contexto descrito, tiene el reto de crear mecanismos accesibles, de bajo costo, que simplifiquen el pago de impuestos al tiempo que permitan captar a nuevos contribuyentes y asegurar la plena integraciĆ³n de Ć©stos al ciclo tributario.






Es asĆ­ que en la presente Iniciativa se propone introducir nuevos procedimientos simplificados, que estimulen la incorporaciĆ³n a la formalidad y el cumplimiento de obligaciones tributarias.

Por otra parte, mediante el uso de tecnologĆ­as de la informaciĆ³n y la comunicaciĆ³n, se otorgan facilidades para que los contribuyentes se inscriban en el registro federal de contribuyentes a travĆ©s de Internet, y se establece la figura del buzĆ³n tributario, a travĆ©s del cual los contribuyentes podrĆ”n interactuar e intercambiar en tiempo real informaciĆ³n, notificaciones, datos y toda clase de documentos con la autoridad fiscal, vĆ­a electrĆ³nica, con el consecuente incremento de la eficacia en sus gestiones, asĆ­ como ahorro de tiempo y dinero.

Asimismo, la presente propuesta aclara la forma en que los contribuyentes integrarĆ”n la contabilidad a travĆ©s de medios electrĆ³nicos, y establece la obligaciĆ³n de sustentar en comprobantes fiscales digitales por Internet las erogaciones que se pretendan deducir, precisando tambiĆ©n la forma en que pondrĆ”n a disposiciĆ³n de sus clientes los comprobantes que emitan.


Por lo anterior, las reformas, adiciones y derogaciones al CĆ³digo Fiscal de la FederaciĆ³n que se presentan consisten, esencialmente, en aclarar el sentido de las disposiciones fiscales con el fin de dotar a la autoridad de un marco legal que le permita disminuir la complejidad y los tecnicismos.





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