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CONSULTAS FISCALES - NO CONSTITUYEN AUTORIZACIONES O DETERMINACIONES DE UN RÉGIMEN FISCAL


[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Agosto de 2004; PĂ¡g. 1576 

CONSULTAS FISCALES. SI LAS RESPUESTAS DE LA AUTORIDAD SON MERAMENTE DECLARATIVAS, AUNQUE GENEREN DERECHOS Y SEAN FAVORABLES AL PARTICULAR, NO CONSTITUYEN AUTORIZACIONES O DETERMINACIONES DE UN RÉGIMEN FISCAL Y, EN CONSECUENCIA, NO PUEDEN SER LIMITADAS EN SU VIGENCIA.










Cuando las resoluciones administrativas que implican respuestas a consultas fiscales formuladas por los particulares son meramente declarativas en cuanto al contenido, la interpretaciĂ³n y el alcance de la ley, asĂ­ como a la valoraciĂ³n y calificaciĂ³n, para efectos fiscales de la actividad de la quejosa, o sea, se limitan a constatar un derecho y situaciĂ³n jurĂ­dica predeterminados en la norma, pero no dan pauta a consecuencias o valoraciones diversas, aunque generen derechos y sean favorables al gobernado, no constituyen autorizaciones o determinaciones de un rĂ©gimen fiscal y, en consecuencia, no se actualiza la hipĂ³tesis contemplada en el artĂ­culo 36-Bis del CĂ³digo Fiscal de la FederaciĂ³n, que limita la vigencia de las resoluciones a las que se refiere, al establecer que surtirĂ¡n sus efectos en el ejercicio fiscal del contribuyente en que se otorguen, pues el precepto citado se refiere a resoluciones constitutivas de una situaciĂ³n o rĂ©gimen fiscal especĂ­fico y singular, en funciĂ³n de particularidades del sujeto y del caso, que derivan en muchas ocasiones del ejercicio de una potestad discrecional conforme a la cual la autoridad elige entre varias alternativas o consecuencias que la ley le faculta a aplicar.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO



Amparo directo 361/2003. Carpicentro, S.A. de C.V. 21 de enero de 2004. Unanimidad de votos. 
Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretario: Alfredo A. Martínez Jiménez.





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