Subscribe Us

Compensación del saldo a favor del ISR contra el IETU

Los contribuyentes personas físicas que en su declaración anual correspondiente al ejercicio del 2008, determinen saldo a favor del impuesto sobre la renta e impuesto empresarial a tasa única a su cargo, podrÔn compensar el saldo a favor contra el impuesto a cargo en la misma declaración, debiendo presentar el aviso de compensación a que se refiere el artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.

Publicación en pagina del SAT

Publicar un comentario

0 Comentarios