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No Obligatoriedad de Presentar la Declaración Anual de Clientes y Proveedores.

De acuerdo con la “TERCERA Resolución de modificaciones a la Resolución MiscelĆ”nea Fiscal para 2008 y sus anexos”, las personas morales que durante el todo el ejercicio 2008 presentaron mensualmente la de Declaracion Informativa  de operaciones con terceros, tendrĆ”n como presentada la obligación a la que hace referencia la LISR en sus artĆ­culos 86, fracción VIII, 101, fracción V y 133, fracción VII y el CFF en su artĆ­culo 32-G.
Esto se menciona en el Artículo 3ro de dicha resolución:
“TERCERO. Se reforma el ArtĆ­culo Segundo Transitorio de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución MiscelĆ”nea Fiscal para 2008, publicada en el DOF el 31 de julio de 2008, para quedar de la siguiente manera:
Artículo Segundo. Por el ejercicio fiscal de 2008, se tendrÔ por cumplida la obligación de presentar la información de operaciones con clientes y proveedores, prevista en los artículos 86, fracción VIII, 101, fracción V y 133, fracción VII de la Ley del ISR y 32-G del CFF, cuando los contribuyentes presenten la información a que se refiere el artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, respecto de todo el ejercicio fiscal de 2008.
Las personas morales presentarÔn dicha información en los términos de la regla I.5.1.5.
Las personas fĆ­sicas presentarĆ”n la información por los meses de julio a diciembre de 2008, en los tĆ©rminos de la regla I.5.1.6. y por los meses de enero a junio de 2008, deberĆ”n presentarla a mĆ”s tardar el 15 de febrero de 2009.”

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